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Así se pide información


Lo que hay que saber para obligar al Gobierno a revelar datos de interés público que, de otro modo, permanecerían en las sombras

 

El Equipo de Investigación de Fopea tuvo que recurrir a un instrumento clave para conseguir información oficial: el decreto 1.172/03.

Envió ocho solicitudes a distintos organismos del Poder Ejecutivo Nacional (PEN). El objetivo era saber cuánto dinero envió cada uno a entidades sin fines de lucro en los últimos años y quiénes fueron las organizaciones receptoras de esos subsidios.

Llamado "de mejora de la calidad de la democracia y de sus instituciones", el decreto permite que cualquier ciudadano solicite información del PEN, sus organismos, entidades, empresas, sociedades y otras dependencias. Además, se extiende a las organizaciones privadas que reciben subsidios nacionales o que sean concesionarios de servicios públicos.

¿Qué información se puede pedir? Documentos escritos, fotos, grabaciones o filmaciones en cualquier soporte; planos, estadísticas, actas o todo tipo de registro que se encuentre en poder del organismo elegido, excepto los documentos que pudieran comprometer la seguridad o la defensa nacionales, el secreto profesional o comercial y el derecho a la intimidad de las personas, entre otros.

Ni siquiera es necesario especificar los motivos de la solicitud. Alcanza con identificarse (al menos con firma y aclaración, DNI y datos de contacto) y presentar un escrito que mencione el decreto 1.172/03 y detalle la información a la que se pretende acceder.

Ya en la dependencia, se busca la mesa de entradas y se entrega la carta. Es importante llegar con una fotocopia, que devolverán sellada y quedará como constancia. Los domicilios y los responsables de acceso a la información de los principales organismos pueden consultarse en el sitio www.mejordemocracia.gov.ar.

A partir de ese momento, comienza a correr un plazo de 10 días hábiles que tiene el Estado para enviar una respuesta, en forma gratuita, con toda la información disponible. Excepcionalmente, los funcionarios pueden pedir una prórroga de 10 días hábiles, pero deben explicar los motivos en forma escrita.

 

Si no responden, o responden mal

La respuesta del Gobierno debe ser clara, sencilla, legible y coherente con el requerimiento que se haya hecho. Pero a veces sucede que la información aparece incompleta, ambigua o incongruente.

En estos casos, el ciudadano debe presentar un nuevo escrito que haga referencia a la carta inicial y explique por qué los datos recibidos no satisfacen su necesidad de información.

El Equipo de Investigación de Fopea debió hacer un reclamo de esta naturaleza ante el Ministerio de Desarrollo Social, porque la primera carta enviada por la cartera que encabeza Alicia Kirchner sólo respondía una parte de lo que se había solicitado.

Faltaba algo fundamental: los montos que recibió del ministerio cada una de las entidades sin fines de lucro en los últimos dos años. Por eso en un segundo escrito Fopea expresó su disconformidad y algunos días después recibió la documentación completa.

Si a pesar de los reclamos el organismo no responde, o se niega a dar a completar la información que brindó, quedan dos opciones.

La primera es reclamar ante la Oficina Anticorrupción.

La segunda es presentarse en la Justicia para reclamar, por medio de un amparo, que se cumpla el derecho a recibir la información. Pero el canal judicial resulta bastante más complejo y costoso, porque el ciudadano necesitará el patrocinio de un abogado.

 

Más información

-Guía para usar el decreto 1172-03 (PDF), de la Asociación por los Derechos Civiles (ADC)

-Mejor Democracia, portal de la Jefatura de Gabinete con datos útiles para presentar pedidos de información pública.

-Organizaciones no gubernamentales que asesoran y brindan asistencia jurídica en el uso del decreto 1.172/03:

 

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